Alfambra. foto cac. |
Solicitarlos a los archiveros, acarciarlos, descifrarlos, estudiarlos, imaginar los mmentos precisos en que ocurrieron los hechos que en los mismos se da fe. Rememorar las circunstancias, las personas, las acciones señaladas en los mismos, penar en los porqués de los moentos que en esos pergaminos, en esos papeles quedan expuestos. Ponerls caras, vestimentas, movimientos, acciones y pasiones a las gentes que en elos aparecen, dialogar con ellas y sus circunstancia, sus gozos, sus dolores, sus ausencias, sus apremios, sus genersidades o sus miserias.
Echo de menos esos días y días pasados entre los olores añejos de una tinta entre la escritura desfigurada.
Por eso traigo aquí uno de aquellos documentos que un día acricié y que aún hoy puedo leerlo entre las luces de una claroscura computadora.
Rememoro a un personaje imprecindible y únivo en los pueblos con nombre y sin embargo anónimos de la geografía española. Tiene nombre y sin embargo quedará en el anonimato aunque haya sido persona encomiable entre las gentes.
Un maestro de un ueblo cualquiera, aquel que enseña las primeras letras a las gentes que quieren aprender, que no tiene ningún recuso material àra sustentar a su familia más que aquel que las gentes del lugar le ofrecen por lasletras que aprenden.
Aún así, en ocasiones, los uos porlos otros, todos con dificultades materiales y espirituales en su vida no aportan recursos suficientes para que el Maestro y su familia puedan subsitir.
Les dejo esos documentos.
Buen provecho les hagan aunque recurden el dicho aquel de "pasarás más hambre que un maestro de escuela".
Archivo histórico de Teruel. Escrituras notariales sueltas, caja 8, nº 44 |
A.H.T.
Escrituras notariales sueltas
Caja 8, nº 44
Joseph Simon Maestro de primeras letras y vezino de la Villa de Alfambra de la Religion de san Juan de Gerusalem del Partido de Teruel; Puesto a los pies de V.S. digo:
Que hauiendo tenido el empleo de Maestro de primeras Letras algunos Años en la dicha Villa de Alfambra de los salarios que me señalo dicha villa según Capitulacion se me esta deuiendo algunos atrasos, Y del presente año de Treinta y siete, no se me han dado cumplimiento por entero; Y hallándome por lo presente desacomodado, y sin el referido empleo de Maestro, y sin medios para mantener y alimentar mi persona e hijos: Y auiendo pedido los dichos atrasos distintas vezes, a Gregorio Abril Regidor decano de dicha villa, a cuyo cargo están el pagarlos; no me dan satisfacción de ellos, ni me paga por entero el salario deuengado de este año treinta, y siete, de que se me sigue grauissimo perjuicio, pues pende del recobro de dichas partidas, el Alimento de mis hijos, que e quedado desacomodado, y depuesto del referido empleo de Maestro por lo que
A V.S. suplico se sirua al referido Gregorio Abril Regidor que dentro de un breue termino, y bajo las penas que a V.S. pareciere, de cumplimento a dichos atrasos, y salario del año presente, fauor que espera el suplicante de la Conocida justificación y benignidad de V.S.
Al margen
La Justicia Hordinaria de la villa de Alfambra se la administre a esta parte sobre el Contenido de este … vreve y sumariamente mandándose hacer pago de lo que legitimmente se le estuviere deviendo sin dar lugar a quejas ni versiones pena de ocho escudos aqpados. a los letrados de esta escritura
Algo debió hacer bien este Maestro porque diez años más tarde, en 1747, tuvo el contrato que sigue.
Verlo en http://clementealonsocrespo.blogspot.com/2010/12/contrato-de-un-maestro-de-ninos-ano.html
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