Alfambra. Antigua casa en la calle del Granero. Foto C.A.C. |
Estos días se está haciendo público el informe PISA que refleja los conocimientos de los alumnos españoles.
Deberíamos extraer consecuencias bien razonadas. Sin manipular ni extrapolar. Con sensatez.
Quien fuera gran Maestro de la Lengua Española, Don Fernando Lázaro Carreter, decía que lo único que debíamos hacer los profesores era enseñar a leer y a escribir. Algo tan simple y tan complicado. Luego Don Fernando añadía que a leer se aprende leyendo y a escribir escribiendo. Claro que él nos marcaba las pautas de lectura y nos corregía la escritura. Y de verdad que le llevaba mucho tiempo y mucho esfuerzo.
¿Cuánto esfuerzo le llevaría enseñar a leer y a escribir a este Maestro de mediados del siglo XVIII?
Año 1748. Copia del contrato al Maestro Joseph Simon. Alfambra. Original en Archivo Histórico de Teruel |
Condiciones en la contratación de un Maestro para Alfambra.
En documentos originales que adjunto, y en su transcripción, el lector puede encontrar las condiciones firmadas por los regidores de Alfambra en el año 1748 para la contratación de un Maestro.
No es poco que entonces, mediados del siglo XVIII, quienes regían el pueblo se interesaran porque sus niños aprendiesen a leer y a escribir. Nada se dice de las mujeres que hasta bien entrados los años sesenta del pasado siglo veinte dedicaban la tarde en la escuela a aprender “las labores propias de su sexo”.
He aquí alguna de estas condiciones:
. El contrato durará tres años. Como casi todos los contratos de los distintos oficios comenzará por San Miguel, el veintinueve de septiembre, cuando ya se había recogido la cosecha anual.
. El sueldo será de 95 fanegas de trigo cada año. El Ayuntamiento le da una propina: el caiz será de algo más de 95 fanegas. En años sucesivos el Ayuntamiento le dará lo que le pareciese oportuno, también como propina.
. Además, como sustituto de quien ejercía por aquel entonces las labores de Secretario se le entregarán al Maestro contratado dos caices de trigo para que apunte los catastros, contribuciones, cédulas, acuerdos, ordenanzas.
. Obligaciones que tiene el Maestro:
Enseñar a los niños a hablar, leer, escribir y contar. También enseñar solfa a quienes quisieran aprender a tocar el órgano los días de fiesta y sábado
1748.
Archivo Histórico de Teruel.
Escrituras notariales sueltas, caja 8, nº 44
Transcripción de Clemente Alonso Crespo.-
A quatro de Abril de Mil Setecientos cuarenta y ocho años.
Decimos nosotros los abajo firmados que en el día de San Juan Bautista del año pasado de Mil Setecientos cuarenta y siete se tubo Junta con asistencia de fray Gaspar Vasco Mossen Joseph Minguijon Juan Abril Alcalde Apolinario Abril, Thomas Tarin Juan Alabes, Joseph Campos de Joseph Regidores, Josef Soler Sindico (¿…?) rador y otros vecinos en las casas de la villa de Alfambra para fin y efecto de (¿conducir o dispedir?) a los sirbientes que ay en dicha villa y todos juntos respondieron que no habia quexa de los sirbientes y dicho Apolinario Abril dixo que se le alargara la ¿Conduta? A Joseph Simon Maestro de Niños por el motivo de ser maior el concurso de niños en su escuela que el que hauia sido jamas, y por consiguiente mayor el trabajo que nunca se habia tenido; a cuia respuesta se respondio lo dexaja dicha junta a conocimiento del Ayuntamiento actual para que estos hicieran a su voluntad lo que mas combiniente les pareciese; en cuia atención dicho Ayuntamiento conduxo a Joseph Simon para Maestro de Niños por tiempo de tres años que comenzaron a correr el dia del Sr. Sn. Miguel de Setiembre del año pasado de abril de setecientos cuarenta y siete y feneceran a los tres años dicho dia del Sr. Sn. Miguel de Set. De Mil setecientos y cincuenta Sold(ad)a de conduta noveinta y cinco fanegas de trigo cadalnaño y se le dio un caiz de trigo de mas de las noveinta y cinco fanegas, y que los ayuntamientos que fueren en los años venideros le daran a dicho Josef Simon lo que les pareciese a mas de las noveinta y cinco fanegas. Y assi mismo se le dan a dicho Joseph Simon por allarse Miguel Lopez enfermo dos caices de trigo por que escriba lo que se le ofreciere assi en las cuentas catrastos contribuciones cedulas y quanto se le ofreciere escribir al Ayuntamiento y Libros de acuerdos y ordenanzas y a cualquier otro escribano que fuere de dicho Ayuntamiento le ayan de dar a dicho Josef Simon las dichas diez fanegas de trigo a mas de el salario sobredicho y el otro Miguel López consiente se le de dicha cantidad le quedara a el veinte y tres fanegas por el salario y que dicho Josef Simon tenga la obligación de enseñar a los niños a ¿hablar? leer escribir contar y enseñar a solfa a los que quisieren aprender tocar el organo todos los dias de fiesta y sabado, y a de pagar contribución al respeto y a pagar ¿Dotor y Apotecario? Y se le hace franco de sirbientes. Presente Josef Simon que a todo lo dicho se obliga cumplir en la forma sobredicha. Y los dichos Apolinario Abril Thomas Tarin Juan Alabes? Jose Campos Reg.s y Sojeph Soler Sindico …?... Según la orden a ellos dada prometen cumplir lo sobredicho ¿en dichos nombres? Obligan personas y bienes muebles y sitios &ªSig(nada?)&ª
Gran trabajo, me has dejado impresionado. Buscando una foto del sumidero (uno de mis sitios favoritos de Alfambra), he encontrado tu blog. Yo también soy de Alfambra y para más señas maestro. Para más coincidencia también estoy creando un blog, muy distinto al tuyo, pero me has mostrado que me queda muuucho camino por recorrer. Te lo enlazo por si le quieres echar un vistazo, trata sobre recursos gratuitos libres de derecho de autor para educación y ocio. http://nastyrecursos.blogspot.com
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